Anularon la condena a un joven con sida que contagió a su novia
Rosario. La sala II de la Cámara Penal de Apelaciones anuló una condena de tres años de prisión condicional que se le había impuesto a un joven enfermo de sida que contagió a su novia, se informó.

El tribunal entendió que se violó el secreto profesional en la etapa investigativa al tomar como prueba la declaración del médico que trataba al muchacho.

Así lo indicaron hoy fuentes judiciales al recordar que el joven había sido condenado porque a pesar de que sabía que era portador del virus de VIH no tomó los recaudos para evitar que su pareja resultara contagiada, como ocurrió.

Los camaristas Humberto Jiménez, Juvencio Mestres y Ramón Ríos consideraron que la sentencia dictada por el juez del crimen Ernesto Genesio, era "nula por vicios procesales" dado que transgredía "principios y garantías constitucionales de rango fundamental, que afectan al debido proceso y al derecho de defensa en juicio", según lo explicado por las fuentes.

Genesio halló al joven penalmente responsable del delito de lesiones gravísimas contra su ex pareja y madre de su hija y lo condenó a tres años de prisión condicional.

Los camaristas indicaron en su fallo que los testigos aportaron datos "violando la obligación de resguardar el secreto profesional", uno por ser médico tratante y el otro por ser presidente de una fundación que se dedica a la prevención de la infección a la que había recurrido para pedir ayuda.

En los fundamentos de nulidad, los jueces rechazaron las pruebas aportadas por el médico porque "la norma legal específica que asegura la confidencialidad del secreto profesional prohíbe la individualización de los pacientes a través de fichas, registros o almacenamiento de datos, los cuales, a tales efectos, deberán llevarse en forma codificada".

Fuente: DyN

28 de febrero de 2005 - Rosario - Argentina - www.rosarionet.com.ar